Vamos a conocer las principales funciones de la Guardia Civil que garantiza la seguridad de nuestras costas y fronteras en el blog de Red Wings. Dichas funciones contribuyen a prevenir el contrabando y otros tráficos ilícitos es llevada a cabo por dos unidades específicas del Cuerpo:
- El Servicio de Costas y Fronteras.
- El Servicio Fiscal.
Servicio de Costas y Fronteras
En 2001 se crea la Jefatura Fiscal y de Fronteras ante la necesidad de contar con un órgano coordinador de los diferentes Servicios de la Guardia Civil. Estos son encargados de combatir el narcotráfico, el contrabando, el fraude del IVA y la inmigración irregular. Encuadrado en esta Jefatura se crea, por la misma Orden, el Servicio de Costas y Fronteras.
Las unidades de vigilancia de Costas y Fronteras son la primera línea de defensa frente al tráfico de drogas y mercancías ilícitas. Apaerte de ello está el contrabando y las redes internacionales de tráfico de personas y de sustancias ilegales.
El Servicio de Costas y Fronteras cuenta con Órgano Central dependiente de la Jefatura Fiscal y de Fronteras de la Guardia Civil y con las Unidades siguientes:
- Unidades Guardia Civil: Seguridad Portuaria
- Unidades Guardia Civil: Seguridad Aeroportuaria
Servicio Fiscal de la Guardia Civil
El despliegue territorial del Servicio Fiscal de la Guardia Civil está integrado por:
- Unidades Fiscales de Recintos Aduaneros. Establecidas en puertos, aeropuertos y aduanas terrestres. Estas unidades podrán tener una Oficina de Análisis e Investigación Fiscal (ODAIFI).
- Patrullas Fiscales y de Fronteras (PAFIFs). Ubicadas en el litoral del territorio nacional y en las fronteras interiores.
¿Qué funciones tiene la Guardia Civil en el mar?
Los especialistas de la Guardia Civil que prestan servicio en las aguas marítimas españolas y en las aguas continentales. Incluyendo las actividades en el medio subacuático, y en particular la custodia de las costas y el control de la inmigración irregular. Son los especialistas del Servicio Marítimo y los especialistas de los Grupos Especiales de Actividades Subacuáticas (GEAS).
Servicio Marítimo
El Real Decreto 246/1991, de 22 de febrero, regula el Servicio Marítimo de la Guardia Civil, contemplando en su artículo primero:
«Las funciones que la Ley Orgánica 2/1986 de 13/03 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad atribuye al Cuerpo de la Guardia Civil se ejercerán en las aguas marítimas españolas hasta el límite exterior del mar territorial determinado en la legislación vigente y, excepcionalmente, fuera del mar territorial, de acuerdo con lo que se establece en los tratados internacionales».
Los cometidos fundamentales del Servicio Marítimo de la Guardia Civil son:
- Judicial. Prevención y averiguación de delitos, primeras diligencias e informes.
- Fiscal. Resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encomendadas a evitar y perseguir el contrabando.
- Administrativo. Conservación de la naturaleza y el medio ambiente, control e inspección pesquera y de embarcaciones deportivas. Así como también protección del patrimonio histórico sumergido y el control de la inmigración irregular.
- Misiones en el extranjero. Participación en aquellas misiones internacionales de cooperación policial, mantenimiento de la paz o humanitarias que se desarrollen en el ámbito marítimo.
- Colaboración y cooperación nacional. Relaciones de colaboración con otros organismos españoles con competencias en el mar. Tales como Salvamento Marítimo, Marina Mercante, Aduanas, Medio Ambiente, Pesca y la Armada.
Estructura del Servicio Marítimo de la Guardia Civil
Sobre su estructura, la Jefatura Fiscal y de Fronteras dependiente de la Dirección Adjunta Operativa, es el órgano superior del que depende el Servicio Marítimo. El Servicio Marítimo se estructura en:
- Jefatura del Servicio. Órgano Central ubicado en Madrid, de dirección técnica y asesoramiento al Mando, que depende de la Jefatura Fiscal y de Fronteras de la Guardia Civil.
- Grupos Marítimos. Unidades organizativas en las que se integran los Buques Oceánicos del Servicio Marítimo de la Guardia Civil.
- Servicios Marítimos Provinciales. Órganos territoriales del Servicio que coinciden con cada provincia que cuenta con litoral. Estos dependen orgánica y funcionalmente de la Comandancia de la Guardia Civil territorial donde están ubicados y técnicamente de la Jefatura del Servicio Marítimo.
- A.S. (Unidad de Actividades Subacuáticas). Órgano dependiente de la Jefatura del Servicio Marítimo. A los que le corresponde ejercer las actividades y funciones encomendadas en el medio acuático y subacuático.
- E.A.S. (Grupos de Especialistas en Actividades Subacuáticas). Órganos de la especialidad subacuática. Depende orgánica y funcionalmente de la Comandancia de la Guardia Civil territorial donde están ubicados y técnicamente de la Unidad de Actividades Subacuáticas.
Unidad de Actividades Subacuáticas
Se trata de una de las unidades y especialidades de este cuerpo más técnicas y con mejor y mayor nivel de preparación. Los cometidos fundamentales de esta Unidad —integrada en el Servicio Marítimo desde 1997— son:
- Búsqueda, localización y recuperación de personas y objetos en medios acuáticos y subacuáticos.
- Vigilancia, prevención y protección del patrimonio cultural, histórico y natural sumergido.
- Funciones en materia de Policía Judicial por hechos ocurridos en ámbito subacuático.
- Apoyo a otras unidades en aspectos técnicos y operativos relacionados con las actividades propias de esta especialidad.
- Reconocimiento de fondos, cascos de embarcaciones, obras u objetos sumergidos, con fines de seguridad, protección antiterrorista o vigilancia fiscal.
- Práctica de demoliciones subacuáticas en determinadas circunstancias.
- Reconocimiento y exploración de fondos marinos o subacuáticos con medios a distancia.
- Y finalmente, velar por el cumplimiento de la normativa y disposiciones vigentes relacionadas con la realización de actividades subacuáticas.